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27/07/2010
Prohibido

El interventor de la administración nacional de medicamentos, alimentos y tecnología médica dispuso la prohibición en forma preventiva el uso y la comercialización en todo el Territorio Nacional del producto rotulado como Diclofenac Sódico 75 mg, ampollas X 3ml, LOTE 9194 1, Vencimiento Dic 11,de la firma Norgreen S.A

Ilustración

Notifíquese a la firma NORGREEN S.A. que deberá efectuar el retiro del mercado del producto señalado en el artículo precedente, debiendo notificar al Instituto Nacional de Medicamentos la conclusión del mismo, mediante la presentación de la documentación respaldatoria correspondiente.

Art. 3º — Instrúyase sumario sanitario correspondiente a la firma NORGREEN S.A., y a su Director Técnico por presunta infracción a los Artículos 3º, 5º y 19º inc. a) y b) de la Ley 16.463.

Art. 4º — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, notifíquese al interesado, comuníquese a quien corresponda. Comuníquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales. Gírese al Departamento de Sumarios de la Dirección de Asuntos Jurídicos a sus efectos.

PRODUCTOS ALIMENTICIOS

Disposición 3989/2010

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y

TECNOLOGIA MÉDICA

DISPONE: Artículo 1º — Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Nutri SIM, solución bebible esterilizada. Suplemento Alimentario 10 ml. Hecho en México para BIOSIM S.A. de C.V. Blvd.. Benito Juarez Nº 45—20 a Col. Centro C.P. 62000— Cuernavaca Morelos. Por Plasma y Biológicos S.A. de C.V. – RFC: PBI 5010235L7” por las razones expuestas en el Considerando.

Art. 2º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a las autoridades provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL), a la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA) ya quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales. Gírese al INAL. Cumplido archívese.


Observatore. - 27/07/2010
Es de suponer que el COLEGIO FARMACEÚTICO, tiene el conocimiento adecuado de este tema y a su vez sus Farmacias asociadas.Todo ello en beneficio de la ciudadanía.


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15/07/2010
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